Jueves 24 de Mayo de 2012
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Ahora se podrá demandar a médicos por la vía civil
7 Feb 2011 - 01:45

Con la próxima reforma al Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca, para incorporar la figura de Perito Institucional, los ciudadanos podrían demandar por esta vía a los médicos presuntamente responsables de un mal procedimiento en su ejercicio profesional.

La inclusión de la figura de Perito Institucional al citado ordenamiento legal, fortalece las atribuciones de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico (Ceamo), porque sería la instancia facultada para determinar los montos económicos para la reparación del daño por Responsabilidad Médica, precisó Marlene Aldeco Reyes Retana, presidenta de la Comisión de Salud de la XLI Legislatura Local.

La reforma está justificada por la naturaleza y complejidad del servicio médico. Está plenamente demostrado que las Direcciones de Servicios Periciales de la Procuraduría de Justicia y del Tribunal Superior de Justicia, carecen de los peritos o de los perfiles profesionales para dictaminar en este tipo de situaciones tan complejas.

Desde su creación, la CEAMO tiene facultades como Perito Institucional, pero esta figura no está contemplada en los Códigos de Procedimientos Penales y Civiles de la entidad, lo cual se constituye en un obstáculo para la institución.

Con estas reformas la Comisión Estatal de Arbitraje Médico se convertirá en un auxiliar muy valioso de los Jueces, añadió la legisladora oaxaqueña. Dijo que la reforma y adiciones al Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca, incluirá siete artículos del citado ordenamiento y este tema será turnado en breve a la Comisión de Administración de Justicia.

Justificación de la reforma

La LVIII Legislatura del Estado, creó y dotó a la Comisión Estatal de Arbitraje Médico, entre otras atribuciones, de ser el Representante Social especializado en la prestación de Servicios de atención médica en el estado.

Le dio también la atribución de fungir como Perito Institucional en los procedimientos y procesos de Procuración y Administración de Justicia para el caso de Responsabilidad Médica, así como en los administrativos a fin de delimitar la responsabilidad de los servidores públicos del sector Salud.

No obstante, en la práctica jurídica, no existe el reconocimiento a los Peritos Institucionales en el Código de Procedimientos Penales para el Estado, lo que limita las atribuciones de la CEAMO. Esta reforma va de la mano con la del Código de Procedimientos Penales del Estado.

La CEAMO determinaría los montos económicos para reparar el daño: Diputada Marlene Aldeco Reyes.

por REYNALDO BRACAMONTES