Jueves 17 de Mayo de 2012
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Las alcabalas y alcabalas y el orden económico de la colonia
2 Ene 2012 - 22:55

A lo largo de la historia y en la actualidad el hablar de los impuestos se ha convertido en un tema cotidiano y controversial, comúnmente escuchamos esta palabra en los noticieros, periódicos y en las platicas diarias con gente cercana y expresamos un rechazo total a su existencia y al pago de los mismos, preguntándonos con frecuencia cual seria su origen y como eliminarlos.

Remontarnos al origen de los impuestos nos lleva al pago de tributos ideados por los faraones, reyes o monarcas de las antiguas civilizaciones de Egipto, Grecia o Roma, pero en México según lo afirman diversos investigadores, su primera manifestación aparece en algunos códices aztecas, ya que se decía que el Rey Azcapotzalco le pidió tributo a su pueblo a cambio de beneficios en su comunidad y los cuales dependían en ocasiones de las necesidades a solventar, por ejemplo, si existía guerra se creaban tributos que eran necesarios para poder financiar las luchas de sometimiento contra otros pueblos, o si la comunidad tenia un festejo religioso lo recaudado era encaminado para el patrocinio de ese evento.

El pago de impuestos se podía realizar de dos formas, una en especie y la otra en servicios especiales, es decir, con mano de obra al servicio de los gobernantes. Para hacer el cobro existía un sistema de recaudación representado por los "calpixquis", quienes para ser identificados portaban una vara en una mano y un abanico en la otra.

Al llegar Hernán Cortés y decidir el encarcelamiento de los Calpixquis, logra la confianza de algunos pueblos, sin embargo, mas tarde exigiría que se le pagasen a él, tributos en forma de joyas y piedras preciosas, esto aunado al despojo de tierras y bienes, y a la implantación de un sistema de recaudación infalible que fue fortalecido con una serie de documentos fiscales. Cortés también nombró a un Ministro, un Tesorero y varios encargados de la Recaudación y Custodia de lo que llamó "El Quinto Real", algo así como el tesoro de la Corona.

Siempre en la búsqueda de una mayor riqueza, el gobierno colonial pensó en nuevos impuestos, y Carlos V fue el monarca que se comprometió ante los naturales en promover el bien común, administrar la justicia, brindar protección y seguridad, a cambio de sus tributos. Es así, que a partir de entonces los nuevos súbditos debían tributar al soberano, el cual inteligentemente procuró que el precio a pagar fuera menor que en tiempos de Moctezuma, esto con la finalidad de atraer a los indios al catolicismo.

La alcabala, de acuerdo con el diccionario es el impuesto que paga el vendedor en caso de compra-venta o ambas partes en caso de permuta; pero en realidad, no se trataba precisamente de un impuesto sobre la venta, en gran parte de los casos se cobraba antes de que tal efecto fuera vendido y podía cobrarse sobre algo que no lo sería. De hecho la alcabala, más que un impuesto era una contribución que gravaba la circulación física o el tráfico de mercancías y se cobraba de todo lo que era apto de ser comercializado. Se originó cuando las Cortes de 1342 otorgaron al Rey de Castilla, un porcentaje fijo (1/3) sobre todo lo que se vendiera o se permutara. Posteriormente la tasación original fue aumentando gradualmente a uno sobre 20 y hasta una decima parte del valor de los efectos, en el siglo XVI.

En el caso de la Nueva España, la alcabala llegó con Felipe II que impuso el 2% de los bienes comercializables (1558), eximiendo expresamente a los indios, las iglesias y personas eclesiásticas en lo que no vendiesen o cambiasen por la vía de la negociación.

Las alcabalas tuvieron el carácter de un tributo que era pagado por la población al poder colonial impuesto por la Corona Española, y que gravaban las transacciones comerciales, de las cuales podemos constatar su existencia en el Estado de Oaxaca a través de los documentos que son resguardados en el Archivo General del Poder Ejecutivo del Estado, localizados en los fondos de Alcaldías Mayores y más ampliamente en el fondo Tesorería General.

Por medio de la consulta a estos fondos y a la obra bibliográfica denominada: Finanzas Públicas del siglo XVII y XVIII, se puede afirmar que el cobro de las alcabalas se fue modificando con el tiempo y aunque como decíamos anteriormente primero se les eximió a los indígenas, con la modificación de la cédula real de 1588, sólo se les podía eximir de dicho pago, cuando el comercio que efectuaban estaba relacionado con los productos de la tierra que ellos cultivaban, quedando en la obligación de pagar en todos los demás casos en que se negociara con mercaderías españolas.

Los problemas no tardaron en aparecer, ya que aunque se trataba de mantener un orden en los cobros, la situación en la que se encontraban la colonia si bien no era de caos, si era de adaptación al sin fin de nuevas condiciones y de variables que no pudieron predecir los españoles cuando decidieron gobernar un territorio que ya tenia un estilo de vida y de gobierno diferente. Esto generó que surgieran demandas por cobros excesivos, fraudes ante las receptorías recaudadoras etc., ya que los propios habitantes se daban cuenta del descontrol y buscaban no ser oprimidos con más pagos; un ejemplo claro de estos fraudes fueron dos, por una parte las mezclas de razas dieron pie a que a indígenas, mestizos, negros o mulatos se les impusiera un precio diferente pero en muchas ocasiones los recaudadores fueron engañados ya que no lograban identificar claramente a que raza pertenecían y cobraban un precio menor; por otra parte debido a la multiplicidad de tianguis había otro tipo de fraude realizado por quienes compraban mercancías a los indios para luego revenderlas, en estas segundas ventas el pago de la alcabala era obligatorio, sin embargo rara vez se efectuaba.

 

En la documentación existente sobre las alcabalas que eran registradas diariamente en libros y cuadernos especiales, aparecen de manera pormenorizada los pagos de los gravámenes que eran obligatorios por concepto de ventas, permutas o adjudicaciones de todo tipo de bienes muebles y semovientes. Real de Alcabalas era el libro general anual que servía para realizar los informes, que incluían resúmenes de cada uno de los distintos rubros alcabalatorios y los resúmenes periódicos que eran enviados a las receptorías. En estos libros generalmente se registraron la mayor parte de las transacciones de efectos de castilla y china, además de las operaciones importantes de efectos de la tierra y la gran mayoría de las operaciones inmobiliarias.

Los libros que registraban las operaciones menores que eran el "tianguis", donde se asentaban las operaciones de la plaza de mercado; el de carnes que incluía las ventas de reses, carneros, cerdos, etc., en determinadas receptorías existían otros libros de este tipo referidos a harinas, puercos, etc. Estos libros como los de "viento" constituyen la fuente idónea para el análisis de la participación en el mercado de los más humildes mercaderes y productores.

El alcabalatorio de Huajuapan produjo en 1796 alrededor de 3,972 pesos; el análisis detenido de su libro, reporta que el comercio regional era fundamentalmente la compraventa de ganado y/o esquilmos de ganado; al menos el 45% de los individuos que pagaban alcabalas lo hacían por este concepto.

Las "igualas" eran un impuesto concertado, cuyo monto era fijado de común acuerdo entre el recaudador y el contribuyente con base en un cálculo del valor que podría llegar a tener las operaciones mercantiles gravables a realizar durante un año. En dichos libros se registraban las igualas de todo tipo con información individualizada por cada contribuyente. Las igualas más comunes eran las que pagaban los hacendados, rancheros y pegujaleros por los efectos de su propia producción, que podían llegar a vender de manera directa en la unidad de producción.

Toda esta información es sumamente valiosa y puede ser utilizada como fuente complementaria de los registros notariales y de la propiedad, o sustituta en el caso de que existiesen otras fuentes para el estudio de los cambios en la propiedad urbana y rural, con la precaución necesaria debido a los sujetos exentos del pago de alcabalas.

Las interesantes informaciones que la consulta de estos documentos puede aportarnos, mediante la reconstrucción estadística de las distintas series alcabalatorias, son sumamente importantes porque nos clarifican con un alto grado de confiabilidad, no solamente la magnitud, características de los flujos y transacciones mercantiles y sus fluctuaciones, sino también ayudan a entender cómo se desarrollaba la actividad comercial interna en el contexto de la dinámica económica colonial.

Expresan asimismo, no sólo el ritmo mercantil de una región o una localidad o la estructura del consumo que se daba en determinados centros urbanos, sino aportan algo más que se sintetiza en lo que se ha denominado el grado de actividad económica.

En resumen, puede asegurarse que las alcabalas constituyen una fuente valiosa para el estudio de los diversos renglones que conformaron el problema de la circulación mercantil al interior del período colonial, pero además de ello, son un indicador sumamente claro del grado de actividad económica que era desarrollado por la población de esa etapa histórica de México.